Cambios Resolución 0948
Expedida el 14 de mayo de 2026, esta resolución actualiza el esquema operativo del RIPS como soporte de la Factura Electrónica de Venta (FEV) en salud y deroga las Resoluciones 2275 de 2023, 558 de 2024 y 1884 de 2024.
¿Que motivó los cambios?
-
Optimizar la operación del mecanismo de validación tras más de dos años de implementación.
-
Ajustar el alcance de los actores obligados, excluyendo quienes no hacen parte del proceso e incorporando nuevos participantes.
-
Fortalecer la calidad y consistencia de la información clínica mediante validaciones más estrictas.
-
Facilitar la evolución del sistema hacia nuevos estándares de interoperabilidad y clasificación clínica.
Principales Cambios
| Entrada en vigencia | Reglas |
| 01 de junio 2026 |
Reglas que pasan de notificación a rechazo: RVG14, RVC023, RVC053, RVC057, RVC058, RVC062, RVC063, RVC066, RVC084, RVC086, RVC087, RVC088, RVC089 |
| 01 de junio 2026 |
Se flexibiliza la regla RVG15 |
| 01 de Julio 2026 |
Nuevas reglas de validación: RVC094, RVC095, RVC096, RVC097, RVC098 |
Consulta las nuevas reglas de validación en la Resolución 0948, anexo técnico 1.
Ámbito de aplicación ampliado
- Se incorpora a fabricantes, importadores y titulares de registro sanitario que hacen ventas masivas de medicamentos/dispositivos a EPS y otros pagadores (numeral 4, art. 2).
- Se excluyen expresamente: cirugía estética, medicina alternativa sin financiación pública, centros de investigación y centros de reconocimiento de conductores (Parágrafo 1, art. 2).
📍Si su IPS o consultorio tiene líneas de negocio separadas en estas áreas, pueden operar con facturación distinta (sin RIPS).
Nuevas reglas de validación a partir del 01 de julio:
1. Incorporación de nuevas Coberturas Planes de beneficio:
El campo COBERTURA_PLAN_BENEFICIOS amplía sus opciones de 15 a 17 valores. Como cambio principal, el código 1-Plan de Beneficio financiado por UPC desparece y a partir del 1 de junio se reemplazan por UPC régimen contributivo y UPC régimen subsidiado:
-
16 Plan de beneficios UPC Régimen Contributivo (NUEVO) Régimen contributivo
-
17 Plan de beneficios UPC Régimen Subsidiado (NUEVO) Régimen subsidiado
2. Incorporación de Numero de contrato CUCON (Código Único de Contrato)
Se incorpora la validación del número de contrato CUCON, un identificador de 64 caracteres generado automáticamente por el SIIFA al momento de registrar el contrato. Este campo deberá cumplir con la estructura y longitud establecidas para garantizar su correcta validación.
-
Registro previo obligatorio en el SIIFA
El CUCON no es asignado por el prestador ni por el sistema ERP. Este código es emitido exclusivamente por el SIIFA al registrar el contrato en su módulo correspondiente. En consecuencia, antes de facturar con referencia a un contrato, este debe estar previamente registrado en el SIIFA, conforme a lo establecido en la Resolución 1962 de 2025.
-
Exclusividad entre CUCON y número de póliza
De acuerdo con el Documento Técnico 2, los campos CUCON y número de póliza son mutuamente excluyentes. Es decir, si se informa un número de contrato, no debe registrarse un número de póliza, y viceversa. Cada factura debe corresponder únicamente a una relación contractual o a una atención cubierta por una póliza (como SOAT o un plan voluntario), pero nunca a ambas simultáneamente.
-
¿Qué pasa si NO tengo número de Contrato?
Cuando no exista un CUCON, será obligatorio diligenciar el campo FACTURA_SIN_CONTRATO, indicando la causal correspondiente. Entre las causales definidas por la normativa se encuentran:
- 01- Atención de urgencias.
- 02- Atención financiada por ADRES, SOAT o planes voluntarios.
- 03- Fallos de tutela u órdenes judiciales.
- 04- Portabilidad o asignación masiva de afiliados.
- 05- Casos excepcionales relacionados con cotizaciones o autorizaciones sin contrato.
- 06- Gestión para la recuperación de órganos con fines de trasplante.
Estas causales están definidas en el artículo 3, numeral 4, y en el Documento Técnico 2, numeral 3.12.
-
¿Como obtener el número de contrato CUCON en SIFA?
aso 1 — Crear usuario en Mi Seguridad Social
El prestador debe crear su usuario en www.miseguridadsocial.gov.co y posteriormente asociarlo a su entidad mediante inscripción en web.sispro.gov.co, que es el sistema de autenticación para ingresar al SIIFA. Esta asociación no es inmediata, requiere aprobación interna de SISPRO. Minsalud
Paso 2 — Ingresar al SIIFA
Una vez aprobada la solicitud, el usuario ingresa al SIIFA con las credenciales de SISPRO, registra su contraseña y accede a la interfaz del sistema. Minsalud
Paso 3 — Consultar el contrato cargado por la EPS
Los PSS tienen la posibilidad de consultar contratos, medicamentos, procedimientos, servicios y otrosíes. También pueden verificar y aprobar los contratos cargados por la ERP. Minsalud
Paso 4 — Verificar y aprobar o rechazar
El flujo es: la ERP registra el contrato → el SIIFA asigna un Código Único de Contrato (CUCON) → el prestador verifica la información del contrato. Si está correcta, lo aprueba. Si hay errores, lo rechaza para que la EPS lo corrija. Suin-juriscol
Lo que el prestador verifica incluye: nombre del contrato, NIT de las partes, fechas, valor, y los CUPS con sus tarifas y cantidades.
Entidad Responsable de Pago - ERP
-
¿Cómo configurar el número de Contrato en Saludtools?
3. Incorporación del numero de radicado SIRA:
Se incorpora el nuevo campo U12 – registroSIRAS en el bloque de usuarios. Este campo será obligatorio cuando el tipoUsuario RIPS= 10 (Tomador/Amparado SOAT) y deberá contener el número de registro generado por la plataforma SIRAS.
-
Ejemplo práctico del JSON del RIPS:
Cuando el usuario NO es víctima de accidente de tránsito (tipoUsuario ≠ 10):

Cuando el usuario sí es víctima de accidente de tránsito (tipoUsuario = 10):

-
¿Qué es SIRAS?
SIRAS es el Sistema de Información de Reporte de Atenciones en Salud a víctimas de accidentes de tránsito, para que los prestadores de servicios de salud y los Centros Reguladores de Urgencias, Emergencias y Desastres registren la atención en salud a una víctima de accidente de tránsito y la información del transporte al primer sitio de atención. Fue creado por la Resolución 3823 de 2016 (actualizada por la Resolución 311 de 2020) y opera en línea en www.siras.com.co. Siras
4. Incorporación de Código Vida y CIE11 en RIPS:
-
Código Vida
El codigoVIDA corresponde al identificador único de la atención en salud dentro del proyecto de Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica (IHCE).
Actualmente, este campo tiene una obligatoriedad diferida, por lo que puede enviarse vacío (longitud permitida: 0 o de 1 a 256 caracteres). Su diligenciamiento será obligatorio cuando el sistema IHCE entre en operación.

-
CIE11:
Se incorporan los campos de Diagnostico CIE-11, manteniendo CIE-10 durante el periodo de transición. En consecuencia, el RIPS podrá incluir ambos sistemas de codificación para una misma atención.
La adopción de CIE-11 no será obligatoria a partir de junio. Su implementación tendrá una obligatoriedad diferida y entrará en vigor únicamente cuando el Ministerio de Salud establezca oficialmente su fecha de aplicación.